El Servicio de Rentas Internas (SRI) ha anunciado importantes modificaciones en la emisión y gestión de comprobantes electrónicos. A continuación, te presentamos un resumen con los cambios clave y sus fechas de entrada en vigencia, para que estés preparado y puedas ajustar tus procesos contables con anticipación.
Cambios vigentes desde el 1 de agosto de 2025
🔹 Plazo para anular comprobantes electrónicos
A partir de esta fecha, solo podrás anular comprobantes electrónicos hasta el día 7 del mes siguiente a su emisión. Si no lo haces dentro de ese plazo, deberás emitir una nota de crédito para corregir la transacción.
🔹 Notas de crédito sin límite de tiempo
¡Buena noticia! A partir de ahora podrás emitir notas de crédito sin límite de fechas, es decir, cuando lo necesites, sin restricciones de tiempo.
🔹 Tiempo para aceptar o rechazar anulaciones
Contarás con 5 días hábiles para responder a una solicitud de anulación. Si no respondes dentro del plazo, el comprobante se considerará válido automáticamente.
🔹 Anulación para receptores especiales
Los comprobantes emitidos a:
– Sujetos con identificación o pasaporte del exterior
– Personas registradas como fallecidas en el Registro Civil
Podrán ser anulados de manera inmediata una vez ingresada la solicitud en línea, sin necesidad de aceptación por parte del emisor.
Cambios vigentes desde el 1 de enero de 2026
🔹 Facturas a consumidor final no podrán anularse
Ya sean físicas o electrónicas, las facturas emitidas a consumidor final no podrán anularse una vez emitidas.
Además, el SRI, a través de procesos de control tributario con fedatarios fiscales, podrá anular de oficio los comprobantes de venta con la leyenda “consumidor final” cuando se detecten irregularidades en las transacciones.
🔹 Plazo para transmitir comprobantes al SRI
Hasta el 31 de diciembre de 2025, los comprobantes podrán transmitirse al SRI:
– De forma inmediata
– O hasta 4 días hábiles después
A partir del 1 de enero de 2026, la transmisión deberá ser inmediata, sin excepciones.

Recomendación contable
Desde ya es recomendable revisar y ajustar tus sistemas de facturación electrónica, así como capacitar a tu equipo contable sobre estos cambios. Recuerda que cumplir a tiempo con estas nuevas disposiciones evitará sanciones y facilitará una gestión tributaria más eficiente.